Artículo y opinión: Prima única del seguro de vida.

Combatimos el pago de la prima única en los seguros de vida por ser algo a lo que obliga el banco, bien porque si no se firma de esa manera, pagando de una vez la prima de 8 años o incluso de 30 años del seguro de vida, no se concede el préstamo, o bien porque si se ha ocultado al cliente la propia existencia del seguro de vida o la forma de pagarlo debe anularse. Lo bueno es que se puede -y se debe- combatir tal práctica.

La prima única.

Los hechos son claros y, resumidos, son los que siguen. Acudes a un banco a pedir una hipoteca y después de dar mil vueltas, te la conceden. Pero hete aquí que llega el día antes de la firma ante el notario (aunque se han dado casos de que ha sido el mismo día o… ¡posteriormente a la firma de la hipoteca!), y te llaman de la sucursal para la firma del seguro de vida. Aquí las versiones varían:

«Sabía que firmaba el seguro de vida, pero no que tenía que pagar las primas de 20 años»

«Me dijeron que era obligatoria la firma de un seguro de vida»

«Ni siquiera sabía de la existencia del seguro de vida»

O también una que se da mucho. Y es que la concesión del préstamo está condicionado a la firma de un seguro de vida con pago de prima única por la vigencia y el plazo total del préstamo. O dicho de otro modo, hay hipoteca si hay seguro con prima única, y no hay hipoteca si no hay seguro. Claro, no es lo mismo que el préstamo sea a 3 años que sea a 30. Y tampoco es lo mismo que lo podamos pagar a que nos lo incluyan en el dinero solicitado de préstamo, es decir, que haya que ampliar la cantidad solicitada de hipoteca para poder pagar el seguro de vida. De locos.

Qué dice de la prima única el Banco de España y la Dirección General de Seguros.

Habiéndose declarado incompetente en este asunto el Banco de España, la Dirección General de Seguros ha admitido la prima única en los seguros de vida, aunque ha considerado contrario a la buena práctica la negativa a devolver la parte proporcional de la prima en casos de amortización anticipada del préstamo. Por lo tanto, es una práctica ajustada a derecho, siempre y cuando se convenga sin engaño, fraude, coacción… Pero aun no siendo un fraude, usted puede revelarse contra su pago si no quiere abonar ninguna cantidad en prima única.

Cuente con un abogado, cuente con este despacho, cuente con nosotros para reclamar la devolución del dinero.

MÁS:

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