Nuestras sentencias: indemnización por accidente de trabajo.
Nuestro cliente percibe indemnización por accidente de trabajo sufrido en una máquina apenas un día después de empezar a trabajar, mediante Empresa de Trabajo Temporal (ETT), en el centro de trabajo ubicado en el Polígono Industrial de Bayas de Miranda de Ebro.
NUESTRAS SENTENCIAS: Indemnización por accidente de trabajo.
Nuestro cliente llevaba apenas un día trabajando a través de una ETT en la empresa. Al ir a manipular una máquina sufrió lesiones importantes. Por indicación del encargado, un compañero traslada al trabajador hasta el centro hospitalario mirandés.
Iniciamos la vía penal formulando querella en nombre de nuestro cliente. Acusamos por delitos contra los derechos de los trabajadores y lesiones del código penal. Además, pedimos la indemnización por accidente de trabajo.
La empresa donde prestaba servicios el trabajador, usuaria de una ETT mirandesa, dice que la máquina estaba perfectamente adecuada a las normas de la ley de prevención de riesgos laborales. También se defendía alegando que un compañero de trabajo, presidente del comité de empresa, le había formado en el manejo del aparato y que, cómo no, la culpa exclusiva había sido de nuestro cliente.
Conclusión de la instrucción en el Juzgado de Miranda de Ebro.
Se acaba la fase de investigación de los hechos. El juez instructor de Miranda de Ebro considera que existen indicios suficientes de que se han producido los delitos contra los derechos de los trabajadores y lesiones que denunciamos. El Ministerio Fiscal también defiende la comisión de los delitos citados.
Ante el juzgado de Burgos, donde se celebrará el juicio, los acusados se exponen a penas que van desde los 2 años y 6 meses de prisión a la inhabilitación, además del pago de la indemnización por las lesiones sufridas.
Se señala el día para el juicio ante el Juzgado de lo Penal de Burgos.
El Juzgado de lo Penal nos cita para celebrar el juicio. Ejercemos la acusación particular en nombre de nuestro cliente. Solicitamos penas de prisión, inhabilitación y una indemnización para el trabajador. Solicitamos el pago económico por, entre otros, los días transcurridos de curación, los días de ingreso hospitalario, los días de baja, las secuelas o los daños estéticos.
Finalmente, antes de que se celebre el juicio en Burgos, se llega a un acuerdo extrajudicial. La empresa accede a pagar la totalidad de la indemnización que hemos solicitado para nuestro cliente. Y asume las responsabilidades que se derivan del accidente laboral.
Incapacidad por las lesiones sufridas y recargo en la prestación por incapacidad temporal.
En paralelo al procedimiento penal se siguen dos procedimientos laborales. En uno, la empresa, la mutua, debe pagar a nuestro cliente un 150% de la prestación por la baja. La causa es la responsabilidad de la empresa en el siniestro.
En el otro proceso, se consigue al cliente una incapacidad permanente en grado parcial. Por esta recibe una cantidad de dinero equivalente a 24 mensualidades.
Se cierran así las cantidades a percibir por nuestro cliente. La indemnización civil en el ámbito de la acción penal entablada. Y la incapacidad permanente y el recargo en la incapacidad temporal en el campo laboralista.
Si has sufrido un accidente defiende tus intereses mándanos un correo electrónico a info@fernandezsolar.es o rellena nuestro formulario de contacto.