Nuestras sentencias: incapacidad permanente por discopatía lumbar

El Juzgado de lo Social de Burgos concede a nuestro cliente de Miranda de Ebro la incapacidad permanente por discopatía lumbar en su grado total, por entender que no puede desarrollar su profesión de peón de oficios varios.

Nuestro cliente acude a nuestro despacho de abogados en Miranda de Ebro para ver si puede ser acreedor de una incapacidad permanente por discopatía lumbar y meniscopatía. La última profesión que ha ejercido es la de mecánico-soldador y las dolencias físicas que presenta le impiden a su entender trabajar en su profesión.

  • Profesión habitual y diagnóstico médico

Lo primero que pregunta un abogado cuando estudia un asunto sobre incapacidad permanente (o al menos, es lo primero que debería preguntar), es la profesión habitual del cliente.  Cuáles son las funciones de su puesto de trabajo y las condiciones en que desarrolla el mismo. Y luego el abogado relacionará esa profesión habitual con el diagnóstico médico que le impide o condiciona la prestación de servicios laborales.

Nuestro cliente ha ejercido la profesión de mecánico-soldador en la última empresa en la que ha trabajado. Pero al desarrollar estos trabajos durante solo 6 meses, nos debemos ir a los trabajos anteriores. Y esto es así porque el Tribunal Supremo tiene establecido que la profesión habitual comprende, salvo excepciones, la que se ha ejercido en los últimos 12 meses.

Y este es un primer problema a resolver para el abogado especializado en incapacidad permanente … ¿Cuál es la profesión del cliente? Nuestro cliente había prestado servicios en varias empresas por períodos breves de tiempo. Y en todas desarrollaba sus funciones como operario o peón.

Por lo tanto, el diagnóstico que presentaba nuestro cliente debía impedirle, o al menos condicionarle gravemente, la prestación de servicios laborales como peón. Y esto es lo que el abogado debe probar en el juicio de incapacidad. Las dolencias que presentaba eran: discopatía lumbar L4-L5 y L5-S1 y meniscopatía en la rodilla derecha.

  • Iniciamos procedimiento: solicitamos incapacidad permanente por discopatía lumbar y meniscopatía

Estudiado el asunto y comprobada su viabilidad, como es norma en nuestro despacho de abogados, elaboramos presupuesto previo a fin de que el cliente sepa con antelación a cuánto ascenderá nuestra minuta de honorarios por el procedimiento de incapacidad permanente.

Aceptado el presupuesto por el cliente, presentamos la solicitud de incapacidad permanente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) al amparo de los arts. 193 y ss. de la LGSS. Una vez pasado el «Tribunal Médico» (Equipo de Valoración de Incapacidades, mejor dicho), el INSS emite resolución desestimatoria de la invalidez.

Presentamos reclamación previa contra la anterior resolución administrativa y nos lo vuelven a denegar. Según el INSS, el trabajador no puede realizar esfuerzos muy altos, pero sí moderados o bajos, por lo que puede desarrollar su profesión de mecánico-soldador o de peón, según el informe del INSS que veamos (en la práctica, para el INSS podía trabajar en lo suyo, da igual que lo hiciera en una u otra profesión). Sólo queda la vía judicial.

  • Formulamos demanda contra el INSS ante el Juzgado de lo Social de Burgos: incapacidad permanente por discopatía lumbar y meniscopatía

En la demanda alegamos que nuestro cliente debe ser declarado en incapacidad permanente por discopatía lumbar y meniscopatía. Entendemos que las dolencias de la espalda y la pierna derecha le impiden desarrollar su profesión, ya fuera la de mecánico-soldador o la de peón.

El Juzgado de lo Social de Burgos, después de seguir la doctrina del Tribunal Supremo que ya hemos visto, declara en primer lugar que la profesión del trabajador es la de Peón de Oficios Varios. Y en segundo lugar estima nuestra demanda y declara a nuestro cliente en situación de incapacidad permanente en grado total. Así lo expone la sentencia:

«…) es obvio que el actor no puede desempeñar las funciones más elementales de su profesión de Peón de oficios varios, pues esta profesión requiere manipulación de herramientas de diferentes tamaños y peso, esfuerzo físico en grado medio-alto, así como deambulación y bipedestación constante, de manera que procede reconocerle una incapacidad permanente total para su profesión habitual (…)»

  • CONTACTA CON NOSOTROS: Te ayudamos con tu incapacidad permanente

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